DGCP recomienda sancionar a quienes contrataron 54 artistas en diciembre por 55.6 millones de pesos
Escrito por Francisco Rodriguez el 12 abril 2021
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) solicitó al titular del Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales (GCPS), Francisco (Tony) Peña Guaba, identificar y sancionar a los funcionarios responsables de ejecutar la contratación de 54 artistas en las pasadas festividades navideñas por más de RD$55.6 millones, sin cumplirse el debido proceso y en violación a la ley.
Entre las sanciones que la DGCP identifica que pudieran corresponder, cita la amonestación escrita, la suspensión sin goce de salario hasta por seis meses, el despido sin responsabilidad patronal o el sometimiento a la justicia.
En diciembre de 2020, después de que artistas se mantuvieran por meses reclamando apoyo del Gobierno para superar la crisis en la industria musical ocasionada por el cierre de negocios y las salas de espectáculos por la pandemia, el GCPS contrató por RD$56,650,000 los servicios de 54 artistas, con más de “tres años de experiencia reconocida”, para apoyarlos económicamente.
El acuerdo contemplaba contratar al artista a los fines de realizar presentaciones gratuitas con motivo de las festividades navideñas del año pasado, a ser trasmitidas por televisión y plataformas digitales, pero el contrato tenía una vigencia de cuatro a seis meses.
La transacción causó revuelo en la opinión pública y fue cancelada por el GCPS. Sin embargo, tras constatar que no existía en el Portal Transaccional una convocatoria para dicha contratación, la DGCP comenzó una investigación de oficio y emitió una resolución con sus conclusiones el pasado 7 de abril y dada a conocer hoy.
En esta se establece que se cometieron “graves irregularidades”, principalmente en la omisión de la publicidad del procedimiento de excepción en el Portal Transaccional.
El GCPS se defendió argumentando que, “producto de un error humano involuntario, no se publicó el procedimiento” para la contratación. SIGUE LEYENDO……………..